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Comisión Mixta sobre individualización de usuarios de teléfonos de prepago zanja discrepancia y continúa tramitación

13 de enero de 2025

Respaldando la redacción aprobada por el Senado, la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias respecto del proyecto que modifica la ley general de telecomunicaciones en cuanto a individualización y registro de datos de los usuarios de servicios de telefonía de prepago, despachó a la Sala de la Cámara Baja el texto.

El origen de la Mixta estuvo en la intención de los diputados y diputadas de introducir dos materias que no eran propias de la idea matriz del proyecto, aspectos que habían quedado pendientes en el debate de la Comisión Mixta formada para zanjar la ley que reconoce a internet como un servicio público.

Se trata de dos indicaciones. Una busca reponer la facultad de los municipios de eliminar los cables de telecomunicaciones, con cargo a las empresas dueñas de dicho material, cuando éstas incumplan la ley denominada ’Chao Cables‘. La otra dice relación con simplificar el procedimiento para autorizar la radiodifusión sonora.

Estas materias modifican la ley de telecomunicaciones, por lo que los parlamentarios de la Comisión Mixta acordaron con el Ejecutivo que éste presente una ley miscelánea que resuelva ambos aspectos. El subsecretario de telecomunicaciones, Claudio Araya se comprometió a ingresar la propuesta al Congreso Nacional, en marzo.

Con ello, los legisladores ratificaron el artículo que había sido rechazado en la Cámara Baja para forzar la Mixta, confirmando la redacción del Senado. El texto decía relación con  la obligación que tendrán las concesionarias de servicio público telefónico de individualizar a los clientes de prepago.

Ahora el informe de la Comisión Mixta deberá ser conocido por la Cámara de Origen y luego volverá al Senado para su último trámite.

La norma establece que las concesionarias de servicio público telefónico, antes de iniciar la provisión del servicio telefónico a usuarios que no tengan asociados la facturación mensual o el cobro de un cargo fijo, deberán solicitar los datos necesarios para su correcta individualización.

Se entenderá por ellos: el nombre completo, el domicilio, el número de cédula de identidad o número de pasaporte del usuario, así como la identidad internacional del equipo móvil (IMEI), la estación móvil de la red digital de servicios integrados (MSISDN) y la identidad internacional del abonado móvil (IMSI). El usuario registrado del respectivo servicio deberá ser mayor de edad.

En el debate en particular, se incorporó el deber de las empresas de mantener un registro actualizado de usuarios, el que deberá mantenerse por 5 años; y de financiar un sistema de bloqueo de dispositivos robados, hurtados y extraviados. También se entenderá como delito, la adulteración del IMEI, cuya sanción se equipará a aquella que se aplica al delito de falsificación de instrumento privado.

(Fuente: Senado)

Consulte tramitación de Proyecto de Ley, Boletín N° 12042-15