Recientemente, la Corte Suprema analizó el proyecto de ley, Boletín N°17.117-03, que: ’Reconoce y fortalece a las ferias libres como pilar de la alimentación y el desarrollo local, otorgando un marco jurídico integral para ellas‘. Informe que fue remitido a la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara, el miércoles 18. ’En conclusión, el proyecto de ley fortalece el marco jurídico de las ferias libres, reconociéndolas como actores clave en la alimentación y el desarrollo local. Su objetivo principal es regular su funcionamiento, garantizar certeza jurídica y promover su sostenibilidad‘, sostiene el pleno de ministros. ’El artículo 26, que establece que el conocimiento de las infracciones a la ley y las Ordenanzas locales que se dicten a su amparo, e imposición de sanciones respectivas, serán de conocimiento de los juzgados de policía local, se valora positivamente por su coherencia con los principios de legalidad y debido proceso‘, releva el informe. ’Además –valora–, la aplicación de dicho estatuto es plenamente concordante con el ámbito de regulación de que trata el proyecto de ley, pues, dado que el emplazamiento de las ferias libres se ubica en bienes municipales o nacionales de uso público que las municipalidades administran, es del todo razonable someter las infracciones al régimen de justicia local. Esta decisión, además, optimiza la fiscalización de la normativa y su articulación con las autoridades municipales para la aplicación de la sanción de revocación definitiva de los permisos‘. ’Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en la norma constitucional citada, se acuerda informar en los términos antes expuestos el referido proyecto de ley‘, concluye la Corte Suprema. (Fuente: Poder Judicial) Consulte texto completo del informe