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Ley N° 21.716 modifica la ley N° 21.713, en relación al concepto de abuso en materia tributaria

13 de noviembre de 2024

La ley tiene por objeto introducir cambios fundamentales en la definición de abuso tributario, y consta de un artículo único y de un artículo transitorio . La norma modifica la ley N° 21.713, que Dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal, y dentro de estas modificaciones, cabe destacar, la modificación del artículo 4° ter del Código Tributario. El nuevo texto elimina la frase «total o parcialmente» de la definición de abuso, ampliando significativamente su alcance. Además, incorpora expresamente nuevos supuestos de abuso tributario, incluyendo la obtención de devoluciones y el acceso a beneficios o regímenes tributarios especiales.
Implicaciones para la Práctica Tributaria
Esta modificación representa un cambio en la interpretación del abuso tributario, expandiendo considerablemente el ámbito de aplicación de la norma anti-elusiva. Los asesores tributarios deberán prestar especial atención a las estructuras que, si bien no evitan completamente una obligación tributaria, podrían resultar en la obtención de beneficios tributarios especiales.

Extensiones de Plazos Críticos
La ley establece importantes modificaciones en los plazos:

-Se extiende hasta el 31 de diciembre el plazo originalmente previsto para el 30 de noviembre en los artículos undécimo y duodécimo transitorios.
-El artículo decimotercero transitorio se modifica para establecer un nuevo plazo de noventa días desde la publicación de la ley.
-Se incorpora un nuevo artículo vigesimoquinto transitorio que establece un período de doce meses para la entrada en vigencia de las modificaciones del artículo 16.

Entrada en Vigencia
La ley entrará en vigencia el 31 de octubre de 2024, estableciendo un período de adaptación para los contribuyentes y sus asesores legales.