Con fecha 23 de agosto se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 32, de 2024, que «Decreta alerta sanitaria y otorga facultades extraordinarias que señala por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional derivada por brote de viruela símica.«. Ante la emergencia de salud pública de importancia internacional que declaró la Organización Mundial de la Salud (OMS), el día 14 de agosto de 2024, mediante una alerta internacional ante el aumento considerable de casos notificados de casos positivos por viruela símica, que a la fecha sobrepasan los 15.600 casos y 537 muertes. La viruela del mono se transmite principalmente por contacto directo o indirecto con sangre, fluidos corporales, las lesiones de la piel o las mucosas de animales infectados. La transmisión secundaria o de persona a persona puede producirse por contacto estrecho con secreciones infectadas de las vías respiratorias o lesiones cutáneas de una persona infectada, o con objetos contaminados recientemente con los fluidos del paciente o materiales de la lesión, señala en su considerando la resolución. En concreto, se faculta a la Subsecretaría de Salud Pública, Secretarías Regionales Ministeriales de Salud y el Instituto de Salud Pública a efectuar la contratación del personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Código Sanitario, además de otros mecanismos de contratación previstos en la legislación vigente y realizar los traslados del personal que se requiera desde otras dependencias o establecimientos, mediante los correspondientes cometidos o comisiones de servicio. Los efectos del decreto N° 32 tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado si las condiciones sanitarias así lo permiten. Revise el texto del Decreto N° 32 aquí.
Durante el presente año se ha reportado un incremento considerable de casos de Viruela del Mono en la República Democrática del Congo, en África. En años anteriores, este país ha tenido brotes de Viruela del Mono donde la mayoría de los casos ocurrieron en niños de aldeas remotas, que contrajeron la enfermedad principalmente mediante el contacto con roedores.
Durante el 2024 se han reportado casi 15.600 casos y 537 muertes, un incremento significativo comparado con años previos. Es de especial preocupación que por primera vez la transmisión sexual en adultos ha sido un factor importante. El virus también se propagó en zonas urbanas con niveles de infección especialmente altos en las mujeres que son trabajadoras sexuales y en los hombres que son clientes. El virus detectado corresponde al MPOX del Clado 1, con una letalidad de un 3% en el último año. Esto difiere al Clado 2 que causó la pandemia de MPOX el 2022 infectando a casi 100.000 personas en 116 países, que ha reportado 208 muertes a nivel global y que afectó principalmente a hombres que tienen sexo con hombres (HSH).
Respecto de la situación epidemiológica nacional, desde el 17 de junio de 2022 al 30 de junio de 2024, han ingresado 3.020 casos sospechosos a la vigilancia, de los cuales 1.481 corresponden a Viruela del Mono (1.455 casos confirmados y 26 casos probables). Hasta la Semana Epidemiológica 30 del año 2024, sólo se han reportado 7 casos, todos importados, asociados a importación o a conductas sexuales de riesgo, donde no se descarta el nexo con extranjeros. Durante todo el período, sólo se han registrado tres fallecidos por Viruela del Mono (dos en noviembre 2022 y uno en mayo 2023), con edades entre los 30 y 49 años, debido a complicaciones secundarias relacionadas a comorbilidades e inmunosupresión. Respecto a la distribución geográfica, el 92% de los casos se concentra en zona central del país, principalmente en la Región Metropolitana, con el 80% del total, seguido por la Región de Valparaíso, Región de Antofagasta y Región del Biobío.
La autoridad de salud señala, que los casos a nivel nacional, no cuentan con antecedente de viaje a un área endémica de la enfermedad y no se ha logrado establecer un nexo epidemiológico entre todos los casos reportados en los diferentes países, lo que constituye una situación inusual, que ha levantado consideraciones respecto a posibles nuevos modos de contagio o reservorios de la enfermedad.
Por su alta transmisibilidad y la incertidumbre respecto de las fuentes de contagio que han sido las causas de su rápida propagación a nivel global, por lo cual se determinó que es relevante dotar de facultades extraordinarias a la autoridad sanitaria, tanto a nivel nacional, como regional para prevenir su diseminación.
Asimiso se autoriza a efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para el manejo de esta urgencia, la cual, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º letra c) de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, quedará liberada de los procedimientos de licitación, sin perjuicio de su publicación posterior en el portal http://www.mercadopublico.cl, entre otras medidas.
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