El tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que ’Regula los sistemas de inteligencia artificial‘. Informe que fue remitido el viernes 21 de junio, a la presidencia de la Cámara de Diputados. El informe entregado por la Corte señala «Que, en síntesis, el proyecto de ley tiene por objeto regular el uso y explotación de sistemas de inteligencia artificial los cuales, dependiendo de sus posibles efectos y riesgos, son clasificados como aquellos de riesgo inaceptable, alto riesgo y de riesgo limitado, respecto de los cuales establece determinadas prohibiciones y obligaciones para quienes los operan; y ante la infracción de la normativa propuesta, encomienda a la Agencia Encargada de la Protección de Datos Personales la instrucción de un procedimiento administrativo sancionador y contempla la impugnación judicial de sus decisiones». Asimismo, el pleno de ministros señala que «Respecto al procedimiento contencioso administrativo regulado en el artículo 27 del proyecto, se observa que, en general, se encuentra conteste con el modelo propuesto por la Corte Suprema, sin perjuicio de determinados aspectos que podrían ser objeto de adecuación». «En lo referido a la aplicación del procedimiento sumario a los conflictos que se puedan suscitar en materia de responsabilidad civil entre la persona que sufra un daño como consecuencia de la utilización de un sistema de inteligencia artificial y el operador, la aplicación del procedimiento sumario permite una tramitación más ágil y eficaz», afirma el informe. El concreto, el proyecto de ley, que regula los sistemas de inteligencia artificial, consta de 31 artículos permanentes y 3 artículos transitorios, y se estructura sobre la base de los siguientes títulos: (a) Disposiciones generales, lo que comprende el ámbito de aplicación de la propuesta, definiciones y clasificación de los sistemas de IA; (b) Sistemas de riesgo inaceptable; (c) Sistemas de IA de alto riesgo; (d) Sistemas de IA de riesgo limitado; (e) Incidentes graves; (g) Gobernanza; (h) Medidas de apoyo a la innovación; (i) Confidencialidad, infracciones y sanciones; (j) Disposiciones finales y modificaciones a otros cuerpos legales. El objetivo de la iniciativa consiste en regular los sistemas de inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas, en sus distintos ámbitos de aplicación. Asimismo, pretende establecer límites, formalidades y requisitos de implementación y aplicación, y que su cumplimiento sea exigible a toda persona –natural o jurídica- que desenvuelva su actuar con sistemas de inteligencia artificial. En los fundamentos de la propuesta normativa se plantea que es relevante llegar a un adecuado equilibrio que garantice el resguardo de los derechos fundamentales garantizados por el Estado de Chile. Esto, sin obstaculizar ni impedir indebidamente el desarrollo y acceso a estas tecnologías; pero sin que esto implique aumentar de un modo desproporcionado el coste de introducir soluciones de inteligencia artificial en el mercado y desenvolvimiento de organismos e instituciones públicas y privadas. Consulte Boletín Nº 16821-19. Ver texto completo del informe (Fuente: Poder Judicial y Cámara).
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