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Comisión aprueba proyecto que aumenta las penas en crímenes contra la vida de las personas

26 de enero de 2024

La Comisión de Seguridad Ciudadana aprobó el proyecto que agrava las sanciones ante crímenes contra la vida de las personas.

El fundamento de la iniciativa señala que la protección penal de la vida es un objetivo central de toda legislación. Al respecto, la califica como el bien jurídico de mayor transcendencia que el Derecho Penal cautela.

Asimismo alerta sobre el sostenido aumento en la ocurrencia de crímenes como el delito de homicidio, así como de las técnicas y modalidades delictivas que acarrean la muerte de la víctima.

Es por ello que el proyecto instaura la pena de ’presidio perpetuo efectivo‘, la que se constituirá como una pena más grave que el presidio perpetuo calificado. De tal manera, exigirá el cumplimiento de 50 años de cárcel efectivos, antes de poder acceder al beneficio de la libertad condicional.

Asimismo, busca actualizar la redacción de la figura penal que sanciona el sicariato, estableciéndola como un delito propio, y no subsumido en el homicidio calificado. Con ello, la sanción también podría llegar al rango máximo de ’presidio perpetuo efectivo‘. Lo anterior, porque la norma faculta al juez a aplicar el máximo de la pena si el condenado es reincidente en esta conducta.

Por otra parte, el proyecto también eleva el rango mínimo de pena del homicidio simple, con el objeto de que la sanción parta en presidio mayor en su grado máximo (15 años y 1 día a 20 años) y termine en presidio perpetuo.

El último aspecto de modificaciones al Código Penal establece un marco rígido para la determinación de penas en los delitos de parricidio, femicidio, homicidio simple y homicidio calificado. Dispone que el juez deberá tener especialmente en cuenta la gravedad y daños de la conducta que ha desplegado quien mata a otro, sobre todo si es reincidente.

Consulte boletín 16.271.

(Fuente: Cámara).