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Corte Suprema confirma sentencia que acogió solicitud de fondos previsionales a título de herencia

18 de enero de 2024

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que acogió el recurso de protección interpuesto por la hija del causante en contra de AFP , por negarle la entrega -a título de herencia-,los fondos que integran la cuenta de capitalización individual de su fallecido padre.

La recurrente sostuvo que, una vez efectuado el trámite de posesión efectiva, concurrió a la AFP a solicitar el pago de los fondos de la pensión del causante, no obstante, le fue indicado que no es posible desafectar dichos montos y declararlos como heredables, debido que no cumple con los requisitos del D.L. Nº3.500, esto es, no tiene 24 años -sólo tiene 23 años- por lo que podría ingresar a estudiar.

El fallo señala que en los antecedentes acompañados por la actora, de los cuales se desprende que a pesar de tener 23 años, no pretende cursar estudios, estimando que, ’de los antecedentes aportados por la propia recurrente, aparece que esta no reúne las condiciones para optar a la pensión de sobrevivencia por lo que prima su derecho a ser asignataria de los fondos que le corresponden en su calidad de heredera de los mismos; tornándose en consecuencia ilegal y arbitraria la decisión de la recurrida de retener los mencionados fondos, lo que lleva a acoger el presente recurso, para restablecer el imperio del derecho‘.

En razón de lo anterior, la Corte de Valparaíso acogió el recurso de protección ordenando a la AFP liberar los fondos que como heredera le corresponden a la actora, haciendo pago de ellos dentro de décimo día ejecutoriada la sentencia; decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada.

Consulte texto completo de la sentencia.

(Fuente: Poder Judicial).