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Corte de Concepción ordenó reintegrar a analista químico cuyo cargo se declaró vacante por salud incompatible

02 de enero de 2024

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección presentado por un analista químico y le ordenó al Centro de Investigación, Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales (Idiem) de la Universidad de Chile reintegrarlo en el cargo de líder del área química del laboratorio de Huachipato, ante la falta de fundamentación que declaró vacante su cargo por salud incompatible después de hacer uso de licencias médicas por una fractura que requirió de cirugía.

’Que revisados los antecedentes, los hechos establecidos, que han sido reconocidos por la propia institución recurrida en su informe, se observa que el recurrente efectivamente hizo uso de licencias médicas por un lapso de 306 días, desde febrero a octubre de 2021, excediendo así con creces el plazo de seis meses contemplado en el Estatuto Administrativo para ello, conforme al artículo 151 en relación con el 150, ambos de la ley 18.884, que fija el Estatuto Administrativo. Sin embargo, transcurrida la última de sus licencias, el funcionario se reintegró a sus labores, las que siguió desempeñando sin observaciones por parte de la institución empleadora, al extremo que se le hace ejercer una jefatura desde marzo hasta agosto de 2023, cargo en el que estaba cuando se le comunica la declaración de vacancia. Es decir, volvió a trabajar para su empleador por 10 meses y fue ascendido en ese lapso, hasta que se le comunica la declaración de vacancia del cargo por ‘salud incompatible’‘, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: ’En cuanto al presente recurso, nos encontramos en la situación prevista en el inciso final, que de modo imperativo exige al empleador la obligación de requerir informe a la Compin con un doble propósito: evaluar una eventual condición de irrecuperabilidad, caso en que opera otra figura legal; y, además, analizar si la salud del mismo le permite desempeñar el cargo. Es este último requisito el que en la especie no aparece cumplido, por cuanto si bien hay un informe de la Compin que establece que la salud del trabajador es recuperable, nada dice acerca de si le permite, o no, desempeñar el cargo para el que fue contratado, ni la jefatura que con posterioridad se le confirió‘.

Para el tribunal de alzada: ’(...) esto es lo que quita sustento legal, fundamento, a la resolución impugnada. Parece arbitraria por cuanto no se refiere en ningún momento a que el trabajador tenga una salud incompatible con el cargo, siendo que ello es la motivación precisa para la declaración de vacancia. Así, el acto aparece como infundado, ilegal y arbitrario, toda vez que ni el recurrente, ni esta Corte, pueden examinar si efectivamente el trabajador está en condiciones o no, de desempeñarse en el cargo para el que fue contratado»…

(Fuente: Poder Judicial)

Consulte sentencia a texto completo.