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Corte de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad contra de resolución de la Comisión para el Mercado Financiero

13 de diciembre de 2023

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución, adoptada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que omitió emitir pronunciamiento respecto de alza de tasa de interés, denunciada por cuentacorrentista.
La sentencia indica que, la ley, le otorga al CMF facultades de fiscalización, particularizando en su artículo 3°, las entidades que quedan sujetos a ella, como también los exentos de la misma. Dentro de las primeras –no siendo materia de la controversia–, las entidades bancarias, dentro de las cuales se encuentra el Banco Itau Corpbanca, quedando excluidos de ella, en una primera instancia, las personas naturales que no estén comprendidas en tal enumeración. Asimismo, las facultades que están comprendidas en esa fiscalización, se encuentran particularizadas, en su artículo 5‘.
Para el tribunal de alzada: ’(...) desde esta perspectiva, considerando la naturaleza jurídica de la CMF y el análisis armónico de los artículos 3 y 5 de la ley en estudio, es posible afirmar que, esta debe velar y fiscalizar por el correcto funcionamiento del mercado financiero, debiendo darle estabilidad y vigilar por el estricto cumplimiento de todas las normas que comprenden el ordenamiento jurídico aplicable a las entidades sujetas a la supervisión‘.

’Que –prosigue– como se viene analizando entonces, si lo que se viene controvirtiendo es aquello que se ha estipulado en un contrato de cuenta corriente celebrado entre las partes, corresponde que sea resuelta, ante el procedimiento y tribunal que ha previsto el legislador y no en la presente vía, de modo que ninguna ilegalidad ha incurrido la CMF, al omitir pronunciamiento sobre el reclamo …
Que por lo anterior, debe necesariamente desestimarse el arbitrio en estudio‘.

(Fuente: Poder Judicial)

Consulte sentencia a texto completo