En días recientes, la Corte de Apelaciones de Santiago no dio lugar a de nulidad interpuesto por un sindicato interempresa contra la sentencia que no dio lugar a su demanda para declarar como un solo empleador para fines laborales y previsionales a empresas del rubro de buses interurbanos, toda vez que no existió un error en la calificación jurídica ni de infracción de ley al resolver que el sindicato carecía de legitimación activa al apartarse del tenor del artículo 220 N° 2 del Código del Trabajo, fundamentando su acción en un eventual incumplimiento legal de las empresas que integraban una unidad obrando por la generalidad de los trabajadores. (Fuente: Poder Judicial)
Los sentenciadores estimaron que «Que las dos causales invocadas en el recurso comparten un supuesto previo que no se cumple en la especie. En efecto, para que pueda prosperar la errada calificación jurídica de los hechos o la infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, el recurrente debe respetar –respectivamente- las conclusiones fácticas o, en su caso, los hechos que se han dado por establecidos, y que fluyen de la sentencia impugnada.
Lo cierto es que el juez de base, en sus conclusiones fácticas, después de haber analizado la prueba rendida, en el motivo octavo, párrafo cuarto -en lo pertinente-concluye que ’....la demandante no se encuentra en ninguna de las hipótesis que al efecto describe el artículo 220 N°2 del Código del Trabajo, lo que inevitablemente conduce a acoger la excepción de falta de legitimación activa del Sindicato demandante y al consecuencial rechazo de la demanda‘, predicamento que es previamente consignado en el mencionado considerando octavo, en su acápite tercero, expresando que ’...Lo cierto es que, según fluye del texto de la demanda, lo que se persigue con la acción materia de estos antecedentes es la declaración de Unidad Económica para el futuro, ..., mas no se ha acreditado, ni siquiera denunciado infracción contractual que haya desarrollado alguna de las demandadas ni menos que exista afectación actual para uno o más de los socios del Sindicato.‘, determinación que -como puede apreciarse- dista mucho del enfoque que le imprime el recurso a esos mismos hechos. »
Consulte sentencia a texto completo
HERRAMIENTAS
BUSCADOR
ACTUALIDAD (current)


