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Ley Nº 21.571 modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro

11 de mayo de 2023

Norma modifica la circunstancia segunda del artículo 319 y agrega un artículo 391 bis, nuevo.

Con fecha 11 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.571 que “Modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro”.

Esta ley, con vigencia inmediata, modificó la circunstancia segunda del artículo 391 Nº 1 del Código Penal, que establece el delito de homicidio calificado, pasando a haberse cometido el delito ’o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro‘, por ’o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero‘.

Además, esta ley, incorpora un artículo 391 bis en el Código Penal, nuevo, el cual establece el delito de delito de conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria, o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero. El inciso primero establece que “el que conspire para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N° 1°, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo”. De este modo,  la conspiración para este delito pasa a ser punibles, de conformidad a la remisión del inciso 1° del artículo 8° CP.

En tanto, el inciso 2° del artículo 391 bis, establece una figura agravada si la conspiración del delito se pretende cometer contra de un juez con competencia en lo penal, de un fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público, de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones.

Consulte Ley Nº 21.571