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Avanza proyecto de ley que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual

25 de abril de 2023

La propuesta proyecta elevar a $440.000 la cifra al 1 de mayo y llegar, a contar del 1 de julio de 2024, a $500.000.

Aumento del ingreso mínimo mensual dio sus primeros pasos en la Comisión de Trabajo. El texto legal indica que, a contar del 1 de mayo de 2023, se eleva a $440.000 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y trabajadoras mayores de 18 años de edad y de hasta 65 años de edad. Luego, a contar del 1 de septiembre de 2023, se sube a $460.000, para volver ascender, a contar del 1 de julio de 2024, a $500.000, para el mismo grupo.

En el evento que la variación acumulada experimentada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), determinada e informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), supere el 6% en un periodo de 12 meses a diciembre de 2023, se elevará anticipadamente el IMM. Así, al 1 de enero de 2024 llegará a $470.000; y el 1 de julio de 2024, alcanzará los $500.000.

Desde el 1 de enero de 2025, se reajustará la cifra conforme a la variación acumulada del IPC entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

Paralelamente, a contar del 1 de mayo de 2023, se eleva a $ 328.230 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad. El ingreso mínimo para efectos no remuneracionales, en tanto, subirá a contar del 1 de mayo de 2023, a $283.619.

Subsidios y pensiones
Junto con el aumento del ingreso mínimo, el proyecto considera, a partir del 1 de mayo de 2023, los siguientes valores para la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares:

$20.328 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $515.879.
$12.475 por carga, para quienes tengan un ingreso mensual superior a $515.879 y no exceda de $753.496.
$3.942 por carga, para los beneficiarios con ingresos mensuales superiores a $753.496 y no exceda de $1.175.196.
Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $1.175.196, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas.

Ver boletín N° 15864 aquí.

(Fuente: cámara)