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Ley Nº 21.558 Modifica diversos cuerpos normativos para adecuarlos al plan de emergencia habitacional y facilitar la ejecución de obras urbanas

25 de abril de 2023

Entre las modificaciones propone diversas enmiendas a la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, con el objeto de extender el ámbito de aplicación de algunas de sus disposiciones a las viviendas de interés público.

Con fecha 25 de abril de 2023 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.558 que «Modifica diversos cuerpos normativos para adecuarlos al plan de emergencia habitacional y facilitar la ejecución de obras urbanas».

En primer lugar introduce diversas enmiendas a la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, contenida en la ley N° 21.450, con el objeto de extender el ámbito de aplicación de algunas de sus disposiciones a las viviendas de interés público. Entre ellas establece que «El Ministerio de Vivienda y Urbanismo deberá destinar los terrenos adquiridos bajo esta modalidad al desarrollo de proyectos para atender a personas, entidades y/o grupos que cumplan con los criterios y requisitos para la postulación y selección, individual o colectiva, establecidos en la normativa aplicable al programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, al programa de Integración Social y Territorial o a los programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para la construcción de viviendas de interés público».

Asimismo dispone que el Ministro de Vivienda y Urbanismo podrá excepcionalmente aprobar las normas técnicas necesarias a objeto de estandarizar técnicas o tecnologías propias de las viviendas industrializadas, sólo respecto de materias donde no exista norma o reglamento técnico aprobado por la autoridad competente y para hacerlas aplicables únicamente a la ejecución del Plan de Emergencia Habitacional.

Las normas señaladas tendrán por propósito establecer estándares de edificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones, y serán aprobadas mediante decreto supremo.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de las divisiones con competencias en la materia, podrá impartir instrucciones para la aplicación de las disposiciones de esta ley, mediante circulares que se mantendrán a disposición de cualquier interesado en su sitio electrónico institucional.

Por otra parte la ley busca facilita el pago de derechos por permisos de subdivisión, fusión, edificación y urbanización de terrenos, conforme a lo establecido en el artículo 128 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sea que se tramiten o no en forma simultánea, mediante cuotas que se reajustarán conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas. Estas cuotas deberán cancelarse íntegramente antes de la recepción definitiva de las obras, en caso de que considere obras de urbanización o edificación, o antes de aprobarse los permisos respectivos, en caso de que no incluya obras de urbanización o edificación.

También modifica la ley mencionada con el fin de posibilitar la inversión de recursos públicos adicionales y materializar los planes comunales de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y ajustar la normativa a la nueva estructura de los gobiernos regionales.

Finalmente modifica la ley N° 21.420, que Reduce o Elimina Exenciones Tributarias que indica, extendiendo el plazo de aplicación del beneficio de crédito especial IVA para empresas constructoras hasta el año 2027.

Modificaciones legales

La ley modifica las siguientes normativas:

  • Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, contenida en el artículo cuarto de la ley Nº 21.450: Artículos 1º, 2º, 3º, 21, e incorpora los artículos 23, 24, 25, 26 y 27 nuevos.
  • Ley N° 20.283: Artículo 7º
  • Decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones: Artículo 65, 70, 129, 134, 135, 171, 176, 177 y 183.
  • Ley Nº 21.442, que aprueba Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria; Artículos 60 y 8° transitorio.
  • Ley N° 21.420, que Reduce o Elimina Exenciones Tributarias: Artículos quinto transitorio, sexto transitorio e incorpora el artículo sexto transitorio bis nuevo.
  • Ley N° 8.946, que fija el texto definitivo de las Leyes de Pavimentación Comunal: Artículo 11º.
  • Ley N° 20.898, que Establece un Procedimiento Simplificado para la Regularización de Viviendas de Autoconstrucción: Artículo 1º y 2º.
  • La ley N° 20.234, que Establece un Procedimiento de Saneamiento y Regularización de Loteos: Artículos 3º y 4º.


Consulte texto completo de la ley.