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Reporte Constitucional 2023 N° 7 – 16 de marzo: Comisión Experta en sesión Plenaria decidió la estructura por capítulos del anteproyecto de texto constitucional

16 de marzo de 2023

Se aprobó una propuesta que contiene 14 capítulos temáticos y uno de disposiciones transitorias. A la estructura propuesta por la Mesa se agregó un capítulo de «Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo». En tanto, se rechazaron las enmiendas que agregaban un capitulo sobre «Defensoría de los Derechos Humanos» y uno de «Fuerzas Armadas, Orden y Seguridad». 

Iniciada la labor de la Comisión de Expertos el pasado 6 de marzo(1), tanto en plenario como en subcomisiones, correspondía este miércoles 15 de marzo, fijar la estructura del anteproyecto constitucional mediante su distribución en capítulos.

Pasadas las 15:30 hrs, en sesión Plenaria, presidida por su Presidenta  Sra. Verónica Undurraga, y luego de la cuenta del día dada por el Sr. Luis Rojas, Secretario General, se procedió a tratar el tema objeto de la sesión, esto es, debatir y votar la estructura constitucional del anteproyecto propuesto por la mesa directiva y las enmiendas presentadas sobre ella, cuya discusión había iniciado la semana anterior.

De este modo, en primer lugar, se otorgó el uso de la palabra a los autores de las enmiendas para argumentar en favor de ellas(2), y también, a aquellos comisionados que tenían una posición contraria.

Al finalizar el debate, se procedió a la votación(3), cuyo resultado fijó la siguiente estructura de texto integrado por los capítulos:

  1. Fundamentos del orden constitucional
  2. Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
  3. Representación política y participación
  4. Congreso Nacional
  5. Gobierno y Administración del Estado
  6. Gobierno y Administración Regional y Local
  7. Poder Judicial
  8. Corte Constitucional
  9. Ministerio Público
  10. Justicia electoral y servicio electoral
  11. Contraloría General de la República
  12. Banco Central
  13. Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo
  14. Procedimientos de cambio constitucional
  15. Disposiciones transitorias

Dentro de la propuestas de enmienda, se agregó el capítulo sobre «Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo» (20 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones). En tanto, fueron rechazadas las enmiendas que intercalaban un capítulo de «Defensoría de los Derechos Humanos» (8 votos a favor, 3 en contra y 13 abstenciones); y la de agregar un capítulo de «Fuerzas Armadas, Orden y Seguridad» (13 votos a favor, 11 en contra y 0 abstenciones).

Cabe recordar que de conformidad al artículo 154 de la CPR vigente, la propuesta de nueva Constitución que se someta a plebiscito, así como el anteproyecto redactado por la Comisión de Expertos, y posteriormente, el texto fijado por el Consejo Constitucional, deberá contener, al menos, las siguientes bases institucionales y fundamentales:

1.- Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.

2.- El Estado de Chile es unitario y descentralizado.

3.- La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.

4.- La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.

5.- Chile es un Estado social y democrático de derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales, y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas.

6.- Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.

7.- Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí:

  1. a) Poder Ejecutivo, con un jefe de Gobierno con iniciativa exclusiva en la presentación de proyectos de ley que incidan directamente en el gasto público.
  2. b) Poder Judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas.
  3. c) Poder Legislativo bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputados y Diputadas, sin perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular.
  4. Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos:

Banco Central, Justicia Electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.

  1. Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones, la libertad de conciencia y de culto, el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, la libertad de enseñanza y el derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros.
  2. Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile.
  3. La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.
  4. Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.

Además, el precepto citado prescribe: «Del mismo modo, las inhabilidades a que se refiere el artículo 158 deberán formar parte de la propuesta de nueva Constitución.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con la función que esta Constitución asigna al Consejo Constitucional, la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 155 y 156″.

Iniciado en propiedad este nuevo proceso constitucional 2023, y tal como se realizó en el proceso anterior, daremos amplia cobertura, informando sobre este proceso, en especial, en lo que respecta a la discusión y acuerdos adoptados por la Comisión de Expertos y el Consejo Constitucional, dando acceso sencillo a documentos oficiales, registros audiovisuales de sesión, y en general, a información de interés(4).

(Editor Microjuris Chile)

____________

Notas:

(1) Véase, Alerta Jurídica ’Nuevo proceso constitucional: se produjo la instalación de la comisión experta y comité técnico de admisibilidad

(2) Consulte registro audiovisual del Debate en Comisión Experta | Sesión Plenaria – 15 de Marzo 2023 en TV Senado

(3) Ver registro de la votación Comisión Experta | Sesión Plenaria – 15 de Marzo 2023 

(4) Véase Resumen Proceso Constitucional 2023 15 de Marzo