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Ley Nº21.520 Modifica ley N°20.998 que regula los servicios sanitarios rurales para ajustar sus requisitos y plazos de implementación

16 de diciembre de 2022

La norma busca flexibilizar sus requisitos y plazos de implementación, a fin de garantizar una implementación gradual y adecuada, y fortalecer la asistencia y el acompañamiento a los comités y cooperativas de servicios sanitarios rurales en el tiempo intermedio.

Con fecha 14 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.520 que «Modifica ley N° 20.998 que regula los servicios sanitarios rurales para ajustar sus requisitos y plazos de implementación».

La ley establece que en caso de que los comités o cooperativas que se encuentren operando a la fecha de entrada en vigencia de esta ley no hayan ingresado al registro de operadores de servicios sanitarios rurales en el plazo señalado en el inciso precedente, la Subdirección podrá incorporarlos dentro del plazo de los dos años siguientes al 20 de noviembre de 2022, siempre que acrediten los requisitos establecidos en el inciso anterior.

Asimismo, señala que para aquellos operadores clasificados en los segmentos Mediano o Mayor, según el artículo 70 de la ley Nº 20.998 la primera fijación tarifaria deberá efectuarse dentro del período de cinco años contados desde el 20 de noviembre del 2024. Para efectos de lo indicado anteriormente, la Superintendencia definirá, mediante resolución dictada a más tardar en el mes de noviembre del año 2023, un calendario regional de fijación tarifaria. La Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales comunicará treinta días antes el listado oficial de licenciatarios clasificados en dichos segmentos.

Finalmente indica que, tratándose de aquellos operadores clasificados en el segmento Menor la primera fijación tarifaria se iniciará por la Superintendencia una vez transcurrido el período de tres años contados desde el 20 de noviembre de 2024 para el caso de aquellos operadores que cuenten con más de 150 arranques, o cinco años contados desde igual fecha para el caso de aquellos operadores que cuenten con menos de 150 arranques, al momento de la publicación de esta ley.

Modificaciones legales

Modifica los artículos segundo transitorio, cuarto transitorio, séptimo transitorio, decimocuarto transitorio, decimonoveno transitorio y vigésimo transitorio de la ley N° 20.998, que regula los servicios sanitarios rurales.

Consulte texto completo de la ley.