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Ley Nº 21.450 aprueba ley sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y plan de emergencia habitacional

27 de mayo de 2022

La norma busca promover la integración urbana de las familias ubicadas en el tramo del 40% más vulnerable de la población.

Con fecha 27 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.450 que «Aprueba ley sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y plan de emergencia habitacional».

En primer lugar la norma establece que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con el objeto de promover la integración urbana de las familias ubicadas en el tramo del 40% más vulnerable de la población, podrá destinar una parte de los recursos anuales del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, o aquel que lo reemplace, para financiar estudios preliminares y/o la adquisición de terrenos por parte de los Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización, conforme a las reglas establecidas en el texto legal.

En segundo lugar respecto a la habilitación normativa de terreno dispone que dicho Ministerio y atendida la necesidad de viabilizar la construcción de viviendas para beneficiarios del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda o del programa destinado preferentemente a las familias más vulnerables que lo reemplace, podrá establecer normas urbanísticas especiales aplicables a uno o más terrenos, en forma excepcional y dando cumplimiento a lo dispuesto en este Párrafo y en las normas reglamentarias que pudieren dictarse al efecto. Este mecanismo excepcional sólo podrá ser aplicado respecto de terrenos que se encuentren inscritos a nombre del Servicio Regional de Vivienda y Urbanización respectivo o de otro órgano que integre la Administración del Estado.

Las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo deberán elaborar la propuesta de normas urbanísticas especiales aplicables a uno o más terrenos, de oficio o a solicitud del Servicio Regional de Vivienda y Urbanización respectivo o del órgano o servicio público propietario del predio.

Por otra parte el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, elaborará, diseñará e informará al Congreso Nacional, durante el primer semestre de 2022, la estrategia para abordar el déficit de viviendas o ’Plan de Emergencia Habitacional». El Plan de Emergencia deberá considerar la información sobre demanda habitacional y el déficit existente en cada región y comuna, especialmente de las familias prioritarias ubicadas en el tramo del 40% más vulnerable de la población. Asimismo, deberá contemplar objetivos y metas anuales por región y comuna. En la elaboración del Plan de Emergencia Habitacional, el Ministerio deberá tener presente los antecedentes y propuestas que efectúen los gobiernos regionales y municipios. Asimismo, podrá establecer un sistema especial que permita la construcción de proyectos de viviendas sociales de gran escala y la ejecución de las obras de equipamiento necesarias para la integración urbana de dichos proyectos.

Modificaciones legales

La ley introduce las siguiente modificaciones legales:

Modifica el artículo 2º de la ley N° 16.391, que Crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Modifica los artículos 12º y 24º del decreto ley Nº 1.305, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Modifica los artículos 27º, 34º, 41º, 45º, e incorpora los artículos 87º, 88º, 89º, 90º y 91º en el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Consulte texto completo de la ley.