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Corte Suprema confirma fallo que condenó a empresa inmobiliaria por defectos en departamentos

04 de mayo de 2022

Descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que aumentó el monto de la indemnización por concepto de daño moral.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que condenó a la empresa inmobiliaria, como primera vendedora, a pagar $5.000.000 (cinco millones de pesos) a cada demandante, por los defectos en la construcción de los departamentos que adquirieron del proyecto habitacional Valle Alegre, en la comuna de La Serena.

El fallo plantea que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo procede contra las resoluciones que señala, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley que influya substancialmente en su parte dispositiva. Conforme a lo establecido en el artículo 772 de dicho Código, el escrito respectivo debe expresar en qué consiste el o los errores de derecho de que adolece la sentencia recurrida, y de qué modo ese o esos errores de derecho han influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

La resolución agrega, que, de la sola lectura del arbitrio intentado, se desprende que no se acusa la vulneración de normas sustantivas o decisoria litis pertinentes para el caso concreto, debiendo entenderse por tales aquellas con arreglo a las cuales debe resolverse el litigio, y que son las únicas que pueden influir de un modo sustancial en lo dispositivo de la sentencia; pues se limita a invocar normas procesales en relación con las reglas de valoración de la prueba, sin denunciar la conculcación de las reglas de fondo que establecen los presupuestos de la responsabilidad derivada de la aplicación de la Ley de Urbanismo y Construcción ni tampoco aquellas referidas a la responsabilidad derivada del daño moral, haciendo además una relación incompleta de las normas sobre carga probatoria, lo que lleva a concluir que la impugnación carece de un desarrollo y explicación suficientes acerca de errores de derecho que puedan incidir sobre la materia debatida y la decisión de fondo.

’En tal circunstancia el presente recurso no puede prosperar y deberá ser declarado inadmisible por manifiesta falta de fundamentos‘, concluye.

Consulte texto completo de la sentencia.

(Fuente: Poder Judicial).