Microjuris Login Support suscríbete
banner

Decreto Nº 1.684 convoca a la Primera Sesión de Instalación de la Convención Constitucional

22 de junio de 2021

A las 10 horas del 4 de julio del presente año se llevará a cabo la Primera Sesión de Instalación de la Convención Constitucional.

Con fecha 22 de junio de 2019 se publicó en el Diario Oficial el Decreto exento Nº 1.684 que «Convoca a la Primera Sesión de Instalación de la Convención Constitucional«,

El decreto convoca para el día  4 de julio de 2021, a las 10 horas, la Primera Sesión de Instalación de la Convención Constitucional a que se refiere el inciso primero del
artículo 133 de la Constitución Política de la República, en el Edificio del Congreso Nacional ubicado en calle Catedral Nº 1150, comuna y provincia de Santiago, Región Metropolitana de
Santiago.

Cabe recordar que el artículo 133º de la Constitución dispone que en su primera sesión, la Convención deberá:

  • Elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.
  • Aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.
  • La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.
  • Constituir una secretaría técnica, la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.


Por otra parte el Decreto Nº 1.684 establece que la Secretaria Relatora del Tribunal Calificador de Elecciones, será la encargada de dirigir provisoriamente la Primera Sesión de Instalación de la Convención Constitucional y tomará la votación para la elección del Presidente de la Convención Constitucional.

Asimismo dispone que una vez abierta la Primera Sesión de Instalación de la Convención Constitucional por la Secretaria Relatora del Tribunal Calificador de Elecciones, y previo a la votación señalada, ella dará lectura al Acta de Proclamación de la Elección de Convencionales Constituyentes, nombrando a los 155 miembros de la Convención Constitucional -quienes resultaron electos tras el plebiscito del 25 de octubre de 2020 y la elección del 15 y 16 de mayo de 2021- y preguntando si aceptan asumir y ejercer el cargo de conformidad al Capítulo XV de la Constitución Política de la República. Con esta aceptación los Convencionales Constituyentes se entenderán debidamente investidos para cumplir el mandato de redactar y aprobar una Nueva Constitución.

La elección del Presidente se realizará por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, de conformidad al artículo 133 de la Constitución Política de la República. A continuación, y presidiendo el Presidente electo, la Convención Constitucional deberá elegir en los mismos términos a un Vicepresidente.

Consulte texto completo del Decreto.