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Ley Nº 21.339 establece un nuevo bono de $200.000 en razón del tercer retiro de los fondos de AFP

10 de mayo de 2021

Se otorga un bono de $200.000 a los afiliados del sistema de pensiones que no cuenten con fondos en su cuenta de capitalización individual.

Con fecha 8 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.339 que «Establece un nuevo bono de cargo fiscal, en las condiciones que indica».

La ley dispone que tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior
a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1° de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución
Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de $200.000.-.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley Nº 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de $200.000.- en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021. Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

Por otra parte la norma modifica el artículo 19 de la ley Nº 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la
Clase Media.

Consulte texto completo de la ley.