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Ley Nº 21.318 reforma la Constitución ampliando el plazo de de autorización para que el Congreso Nacional sesione por medios telemáticos

29 de marzo de 2021

Se amplía de uno a dos años el lapso de tiempo por el cual la Cámara de Diputados y Diputadas y el Senado podrán sesionar por medios telemáticos por motivo de la actual pandemia de COVID-19.

Con fecha 27 de marzo de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.318 sobre «Reforma constitucional que amplía el plazo de autorización para que el Congreso Nacional sesione por medios telemáticos».

La ley consta de un artículo único que modifica la disposición transitoria trigésima segunda de la Constitución Política de la República, para ampliar de uno a dos años, a contar de la publicación de la ley, el funcionamiento por medios telemáticos del Congreso Nacional, una vez declarada una cuarentena sanitaria o un estado de excepción constitucional por calamidad pública que signifique grave riesgo para la salud o vida de los habitantes del país o de una o más regiones, que les impida sesionar, total o parcialmente, y mientras este impedimento subsista.

Lo anterior por motivo de la actual pandemia de COVID-19.

Consulte texto completo de la ley.