



Tribunal: Corte de Apelaciones de La Serena
Sala: Primera
Fecha: 13 de diciembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:145-24, MJJ331731
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - DESPIDO INDIRECTO - PROCESO LABORAL - AUDIENCIAS - PLAZO - SENTENCIA - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO -
La espera de 10 meses, sin razón que la justifique, resulta inexplicable y torna el fallo en inoportuno, sumado a los diversos defectos en acápites tan relevantes como la remuneración percibida por la actora, que es coherente con la pérdida de cercanía temporal entre el momento en que el juez recibió la prueba y aquel en que la ponderó. Todo lo anterior permite concluir que, en la especie, se vulneró el principio de inmediación, puesto que entre la audiencia de juicio y la dictación de la sentencia transcurrió un plazo excesivo, no solo superior al legal, sino que además influyó en el actuar del juzgador de base, manifestándose en una sentencia formalmente defectuosa.