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Doctrina – Destacados del Editor

05 de marzo de 2025

La distinción entre relaciones de servicio y de cuidado en la responsabilidad extracontractual por hecho ajeno – San Martín Neira, Lilian

– CIVIL – RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL – RESPONSABILIDAD POR EL HECHO AJENO – RESPONSABILIDAD POR LOS HECHOS DEL DEPENDIENTE –

Un presupuesto básico de la responsabilidad extracontractual por hecho ajeno es que entre el principal y el dependiente exista una relación tal que justifique la imposición de responsabilidad al primero por el hecho del segundo. En este artículo se propone que, a base de su naturaleza, la relación entre principal y dependiente puede ser dividida en dos series: relaciones fundadas en el servicio y relaciones fundadas en el cuidado. Esta distinción es clave para la adecuada estructuración de la responsabilidad por hecho ajeno.