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Pasa a comisión mixta proyecto sobre narcotráfico y crimen organizado

30 de noviembre de 2022

En la instancia se analizarán normas vinculadas a la diferenciación de sustancias para tráfico o consumo personal y el cultivo medicinal de cannabis, entre otros puntos rechazados por la Sala de la Cámara.

La Sala de la Cámara se pronunció sobre las modificaciones del Senado al proyecto que mejora la persecución del narcotráfico y el crimen organizado. La propuesta fue despachada en primer trámite por las y los diputados en marzo de 2021.

El texto busca regular el destino de los bienes incautados en delitos y fortalecer la rehabilitación y reinserción social. Tras el debate de los cambios propuestos por el Senado, se solicitó la votación separada de algunos artículos, los cuales fueron, finalmente, rechazados. Por esta razón, una comisión mixta deberá resolver las discrepancias entre ambas cámaras.

Uno de estos corresponde a la norma que deja en manos del tribunal diferenciar si determinadas sustancias están destinadas al tráfico o al consumo personal. La votación separada fue solicitada por el diputado Andrés Longton (RN).

La propuesta rechazada establecía que, para ello, se pueden considerar factores vinculados al tipo de droga y su potencialidad lesiva. Así también, la pertenencia a una agrupación de delincuentes o asociación ilícita de quien la posee, entre otros.

Cannabis medicinal
Otra norma rechazada, cuya votación separada solicitó la diputada Ana María Gazmuri (IND), es la referida al cultivo de cannabis. El Senado suprimió el artículo que permitía su cultivo para la atención de un tratamiento médico, con la presentación de una receta extendida por el médico cirujano tratante.

La propuesta, aprobada previamente por las y los diputados, establecía la pena de presidio mayor en su grado mínimo (5 años y un día a 10 años) a quien falsifique o maliciosamente haga uso de recetas falsas. A su vez, aumentaba en un grado la sanción si la conducta tenía por objeto la comercialización de la droga o su facilitación a un tercero.

La comisión mixta, finalmente, también deberá analizar la eliminación del aumento de la pena a quienes hayan sido formalizados en una investigación sobre la materia o decretado la suspensión condicional del procedimiento. La votación separada, en este caso, la solicitó el diputado Luis Sánchez (PREP).

Normas respaldadas
Dentro de las modificaciones respaldadas por la Sala se encuentra la que sanciona a quien administre a alguna persona sustancias ilícitas sin su consentimiento. Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (10 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo.

También se sanciona a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica. Para ellos, la pena va desde los 3 años y un día a 10 años, más multas de 80 a 400 UTM (entre 5 a 25 millones aprox.).

El Servicio de Salud correspondiente deberá remitir al Ministerio Público un protocolo del análisis químico de la sustancia suministrada, en un plazo máximo 30 días. Este deberá identificar el producto, su peso o cantidad, naturaleza, contenido, composición y grado de pureza, entre otros antecedentes.

El proyecto también establece que el Ministerio Público deberá informar trimestralmente sobre los dineros, valores y demás bienes incautados conforme a esta ley. Dicha rendición deberá ser entregada al Ministerio del Interior y al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas Alcohol.

Las y los legisladores en su mayoría respaldaron el aporte de la norma en trámite. En particular, destacaron la forma en que perfecciona el mecanismo de comiso y de fiscalización de los bienes incautados.

Además, valoraron la incorporación a la Unidad de Análisis Financiero de empresas dedicadas a la transferencia de dinero al exterior. Asimismo, las dedicadas al arriendo de vehículos; a las personas dedicadas a la fabricación o venta de armas; clubes de tiro, caza y pesca. En la misma línea, a las personas naturales o jurídicas que se dedican a la compraventa de equinos de raza pura, y los comerciantes de metales, joyas o piedras preciosas.

Consultar boletín 13588 y refundidos aquí.

(Fuente: Cámara)