Se indican las localidades que retroceden al paso 2, paso 3 y las que avanzan a paso 3 y paso 4. Con fecha 17 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta N° 1.133 «Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19». Las localidades que se indican a continuación retrocederán al ’Paso 2: Transición‘ del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región de Valparaíso i. La comuna de Petorca ii. La comuna de Algarrobo. Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 17 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. Las localidades que se indican a continuación retrocederán al ’Paso 3: Preparación‘ del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región de Atacama i. La comuna de Huasco ii. La comuna de Caldera b. Región de Coquimbo i. La comuna de Paiguano c. Región de Valparaíso i. La comuna de Zapallar ii. La comuna de Olmué iii. La comuna de Viña del Mar iv. La comuna de Valparaíso v. La comuna de Hijuelas d. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins i. La comuna de Litueche e. Región del Maule i. La comuna de Empedrado ii. La comuna de San Clemente f. Región de Ñuble i. La comuna de Chillán ii. La comuna de Chillán Viejo g. Región del Biobío i. La comuna de Quilaco ii. La comuna de Antuco iii. La comuna de Tomé iv. La comuna de Coronel v. La comuna de Florida h. Región de La Araucanía i. La comuna de Toltén ii. La comuna de Perquenco iii. La comuna de Purén iv. La comuna de Villarrica v. La comuna de Pucón i. Región de Los Ríos i. La comuna de Máfil j. Región de Los Lagos i. La comuna de Río Negro ii. La comuna de Puyehue. Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 17 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. La localidad que se indica a continuación avanzará al ’Paso 3: Preparación‘ del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región de Antofagasta i. La comuna de Tocopilla. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 17 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. Las localidades que se indican a continuación avanzarán al ’Paso 4: Apertura Inicial‘ del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región de Tarapacá i. La comuna de Huara b. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins i. La comuna de Rengo ii. La comuna de Placilla c. Región de Ñuble i. La comuna de Ñiquén d. Región del Biobío i. La comuna de Quilleco. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 17 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. Consulte texto completo de la resolución.