Por efecto de dicho marco normativo, 33 diputados no irán a la reelección para un nuevo periodo en la Cámara. Cabe mencionar que ello es independiente de la decisión personal de otras/os legisladoras/es que también hayan optado por no reelegirse como diputada/o. El 8 de julio de 2020 se publicó la Ley 21.238. Esta consistió en una reforma constitucional destinada a limitar la reelección de las autoridades definidas por elección popular. La norma afecta, particularmente, a diputados, senadores, alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales. En concreto, se indica que los diputados podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos. Eso significa que, al ser elegidos una vez, duran cuatro años en el cargo. Luego, pueden ser reelectos en otras dos ocasiones. Si se presenta este último caso, cada diputado puede estar en el cargo por un máximo de 12 años. Para estos efectos se entenderá que los diputados y senadores han ejercido su cargo durante un período cuando han cumplido más de la mitad de su mandato. Aplicación de la ley Ya en aplicación de este marco normativo, 33 diputados no irán a la reelección para un nuevo periodo en la Cámara de Diputados. El listado es el siguiente: Por la UDI son: Pedro Pablo Alvarez-Salamanca Ramón Barros Javier Hernández María José Hoffmann Javier Macaya Celso Morales Iván Norambuena Enrique Van Rysselberghe Respecto de la DC son: José Miguel Ortiz Jorge Sabag Gabriel Silber Víctor Torres Mario Venegas Matías Walker En tanto, los independientes son: Pepe Auth Carlos Abel Jarpa Pablo Lorenzini Fernando Meza René Saffirio Por otra parte, en el PS: Juan Luis Castro Fidel Espinoza Manuel Monsalve Marcelo Schilling En RN: René Manuel García Leopoldo Pérez Alejandro Santana Mientras que en el PPD: Cristina Girardi Rodrigo González Tucapel Jiménez Finalmente, en otros partidos: José Pérez (PR) Alejandra Sepúlveda (FRVS) Guillermo Teillier (PC) Ignacio Urrutia (PREP) Cabe mencionar que ello es independiente de la decisión personal de otras/os legisladoras/es que también hayan optado por no reelegirse como diputada/o. De igual modo, la norma no resta a que estos parlamentarios postulen a otros cargos de representación popular en las próximas elecciones. (Fuente: Cámara).