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Aprueban en general proyecto que previene y sanciona la violencia gineco-obstétrica

12 de octubre de 2021

El proyecto conocido como ’Ley Adriana‘ incluye como una obligación de los establecimientos de salud acoger el plan de parto presentado por la mujer o persona gestante.

Garantizar derechos durante la gestación, preparto, parto, postparto y aborto en las tres causales es el objetivo del proyecto aprobado en la Sala de la Cámara. La moción es fruto de un trabajo conjunto con organizaciones ciudadanas unidas en la Mesa por el Parto Respetado.

La norma busca regular, garantizar y promover derechos de la mujer o persona gestante, su bebé, el padre o persona significativa en las diferentes etapas. Así, también, busca garantías en torno a la atención en salud sexual y reproductiva.

El proyecto se rige por los principios de dignidad en el trato, autonomía de las mujeres, privacidad y confidencialidad, respeto por la interculturalidad, interpretación desde los derechos humanos y transparencia de los establecimientos de salud.

Tras el debate, la moción fue aprobada por 121 votos a favor, 4 en contra y 14 abstenciones. Por ser objeto de indicaciones volvió a la Comisión de Mujeres para su análisis en particular.

La propuesta define la violencia gineco-obstétrica como todo maltrato o agresión psicológica, física o sexual, omisión, discriminación o negación injustificada de atención en el marco de la salud sexual y reproductiva.

Junto a ello, establece como constitutivos de este tipo de violencia las burlas e insultos, negación o abuso de medicación u ocultamiento de información. También incluye como violencia obstétrica la maniobra de Kristeller y la episiotomía sin justificación médica ni consentimiento de la gestante.

Se suma, además, el retardo injustificado u omisión en el aborto en tres causales, la falta de respeto a las tradiciones culturales y la intervención en el apego temprano con un recién nacido.

Uno de los puntos en los que esta norma innova es en el reconocimiento del plan de parto. Dentro de los derechos del nacimiento, se establece que será obligación de los establecimientos de salud acogerlos.

El plan de parto es un instrumento mediante el cual una mujer o persona gestante establece sus deseos, necesidades y decisiones sobre este proceso. Aquí se incluyen las etapas de pre-parto, parto, postparto, nacimiento y lactancia.

Igualmente, se señala como un derecho el participar en talleres prenatales, los que deberán promover los derechos establecidos en esta norma. El Estado, a través de sus órganos, deberá facilitar el acceso por libre elección a estas actividades.

Finalmente, el proyecto establece artículos sobre la prevención y educación en torno a la violencia gineco-obstétrica. Junto a esto, determina la responsabilidad médica y los procedimientos de reclamación cuando se vulneren los derechos.

(Fuente: Cámara).