Se disponen las comunas que avanzan a paso 4 y las que retroceden al paso 3. Con fecha 6 de septiembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta Nº 886 que «Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19«. 1. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación retrocederán al ’Paso 3: Preparación‘ del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 644, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región del Biobío La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 4 de septiembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. 2. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación avanzarán al ’Paso 4: Apertura‘ del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 644, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins b. Región del Maule La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 4 de septiembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas
i. La comuna de San Rosendo
ii. La comuna de Antuco.
i. La comuna de Paredones
i. La comuna de Longaví.
permitan su suspensión.